La eutanasia es una discusión que intenta conciliar la medicina con la legalidad, y en México, su posible aplicación es controvertida
La eutanasia es una discusión que intenta conciliar la medicina con la legalidad, y en México, su posible aplicación es controvertida

Texto por: Lolbé Castañeda

Legalidad de la Eutanasia en México, conciliando la medicina con la ley

¿Qué es la muerte?

Desde la biología, la muerte consiste en el cese de las funciones orgánicas de un ser vivo, más allá de las cuales no es posible su revivificación. Para el derecho y la medicina legal, el diagnóstico clínico de muerte se basa en la abolición definitiva, irreversible y permanente de las funciones vitales del organismo. 

La muerte es un hecho en seres vivos, y en los seres humanos su abordaje es complejo y personal y  su experiencia está estrechamente relacionada a las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurre. Las personas mueren por diferentes causas, en diversas circunstancias y ámbitos culturales, con distintos niveles de conciencia y diferentes percepciones de lo que constituye una buena muerte. Es esta última cuestión la más relevante cuando se discute la eutanasia.

¿Qué es la eutanasia?

Según la Organización Mundial de la Salud, las definiciones de la eutanasia, si bien comparten algunos elementos, varían entre autores. La literatura por lo general divide la eutanasia entre eutanasia directa o activa, y pasiva. 

Eutanasia directa: Se divide en 3 subcategorías: 

1)Homicidio intencional de quienes han expresado su deseo competente y libre de morir

2) Suicidio profesionalmente asistido

3)Homicidio intencional de recién nacidos con anomalías congénitas que pueden o no amenazar la vida (a menudo por retención de alimento)

Eutanasia pasiva: Más inexacto, se refiere a prácticas en pacientes moribundos, como el retiro de un tratamiento sin beneficio, o no iniciar un tratamiento que se considere de ningún beneficio, y la aplicación de tratamientos para el dolor posiblemente pueden acortar la vida. Al tomar éstas decisiones cerca del final de la vida, la muerte puede seguir pronto, y se han etiquetado estas prácticas como eutanasia.

Para la Asociación Médica Mundial, la eutanasia es la realización de forma intencional y con conocimiento de un acto con la clara intención de terminar la vida de otra persona, siempre y cuando esta sea competente, se encuentre informada del estado incurable de su enfermedad y haya pedido voluntariamente terminar con su vida.

Eutanasia vs. distanasia

Lo contrario de la eutanasia es la distanasia (obstinación terapéutica o ensañamiento terapéutico), por sus raíces griegas dis (mal, algo mal hecho) y thanatos (muerte), y consiste en retrasar el acontecimiento de la muerte todo lo posible aunque no exista esperanza alguna de curación, sin tomar en cuenta la calidad de vida del enfermo; es decir, se trata de la prolongación de la agonía, el sufrimiento y la muerte de un paciente. La obstinación terapéutica no es otra cosa más que la adopción de medidas desproporcionadas o inútiles con el objeto de alargar la vida en situación de agonía.

Eutanasia vs. ortotanasia

Ortotanasia se refiere a permitir que la muerte ocurra en su tiempo cierto, “cuando deba ocurrir”. En este caso, los profesionales de la salud otorgan al paciente todos los cuidados y tratamientos para disminuir el sufrimiento sin alterar el curso de la enfermedad ni el de la muerte. Existe también la limitación del esfuerzo terapéutico, que consistente en retirar o no iniciar medidas terapéuticas porque los profesionales de la salud consideran que en la situación concreta del paciente son inútiles, y solo conseguirían prolongarle la vida sin posibilidad de brindarle una recuperación funcional con una calidad de vida mínima.

Eutanasia vs. Suicidio

El suicidio consiste en el acto mediante el cual una persona se priva voluntariamente de la vida, y el suicidio asistido se refiere a que un tercero proporcione algún medio efectivo al paciente con el fin de que este pueda darse muerte por sí mismo.

Clasificaciones de la eutanasia

En cuanto a su clasificación, la eutanasia ha sido catalogada según su género, surgiendo así una variedad de categorías, entre las que destacan:

 Por su finalidad:

  • Eugenésica: muerte a personas con enfermedades o características indeseables
  • Económica: eliminación de enfermos incurables, discapacitados o ancianos, para aligerar a la sociedad de personas que no contribuyen económicamente y que suponen elevados costos económicos y asistenciales
  • Piadosa: por sentimiento de compasión hacia la persona que está soportando graves sufrimiento a causa de su enfermedad
  • Solidaria: muerte indolora a personas desahuciadas con el fin de utilizar sus órganos o tejidos con fines terapéuticos

Por la modalidad de acción:

  • Activa: solicitada por el propio paciente en etapa terminal y provocada por la acción positiva de un personal de salud
  • Pasiva: muerte de un paciente por omisión de un tratamiento terapéutico necesario, interrupción de la terapia con la finalidad de no prolongar los sufrimientos de un enfermo al final de la vida

Por la intención:

  • Directa: provocación de la muerte inmediata y de manera deliberada con medios certeros
  • Indirecta o lenitiva: acción u omisión que indirectamente (por efecto secundario) provoca la muerte

Por la voluntad:

  • Voluntaria: se realiza a petición del paciente con su consentimiento informado, expreso y consciente
  • No voluntaria, que contempla dos argumentos:
    • Muerte del paciente que no es capaz de entender la opción entre la vida y la muerte
    • Se impone a un paciente en contra de su voluntad, contraviniendo sus propios deseos

Por la autoría:

  • Heterónoma: interviene una o varias terceras personas.
  • Autónoma: actúa el propio paciente. En esta modalidad se hablaría de suicidio.

Independientemente de las distintas clasificaciones, el propósito es el mismo: terminar con la vida de una persona.

Eutanasia en otros países:

Para las entidades defensoras de la eutanasia, la dignidad humana del enfermo consiste en el derecho a elegir de manera libre el momento de su muerte. Para las entidades detractoras, la dignidad humana es oponerse a este derecho por considerarlo una arbitrariedad frente a un asunto exclusivamente de orden divino, para algunos, o científico-legal para otros.

Globalmente, Holanda fue el primer país en permitir la eutanasia con la aprobación de la Ley de comprobación de la terminación de la vida a petición propia y de auxilio al suicidio. Por su parte, Bélgica aprobó la Ley de muerte digna y eutanasia, la cual dispone que el paciente debe cumplir varios requisitos en su solicitud, ya que debe ser voluntaria, reflexionada y reiterada con certificación de varios médicos, quienes deben obtener la aprobación de una Comisión Federal Médica. Posteriormente, Luxemburgo aprobó la Ley sobre el derecho a una muerte digna.

En América Latina, Colombia es el único país donde se encuentra despenalizada la eutanasia para enfermos terminales que expresen su voluntad libre de poner fin a su vida, quedando los médicos que los asisten exentos de responsabilidad legal.

Eutanasia en México:

Al día de hoy, la eutanasia en México está penalizada. El Código Penal Federal contempla el delito de auxilio o inducción al suicidio, y aunque se considera como homicidio piadoso, pues la ayuda al enfermo terminal se brinda con la intención de aliviar su sufrimiento y a petición del propio enfermo, se persigue de oficio, y cuando se trata de un menor o enfermo mental, la pena se agrava y se considera homicidio calificado.

  • Artículo 312.- El que prestare auxilio o indujere a otro para que se suicide, será castigado con la pena de uno a cinco años de prisión; si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo la muerte, la prisión será de cuatro a doce años.
  •  
  • Artículo 313.- Si el occiso o suicida fuere menor de edad o padeciere alguna de las formas de enajenación mental, se aplicarán al homicida o instigador las sanciones señaladas al homicidio calificado o a las lesiones calificadas

 

El 7 de enero de 2008 fue promulgada la Ley de Voluntad Anticipada para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México), con objeto de establecer y regular las normas, los requisitos y las formas de realización de la voluntad de cualquier persona con capacidad de ejercicio respecto a la negativa a someterse a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar de manera innecesaria su vida, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona, cuando por razones médicas, fortuitas o de fuerza mayor sea imposible mantener su vida de manera natural. Las disposiciones establecidas en esta Ley son relativas a la práctica médica aplicada al enfermo en etapa terminal, consistente en el otorgamiento del tratamiento de los cuidados paliativos, protegiendo en todo momento su dignidad.

Otras entidades federativas cuentan con leyes que regulan la voluntad anticipada, entre ellas Aguascalientes, Chihuahua, Coahuila, Colima, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Nayarit y San Luis Potosí.

Entre los argumentos de quienes se oponen a la eutanasia, uno de los más fuertes consiste en que legalizar la eutanasia llevaría de manera inevitable a abusos en el sentido de terminar con la vida de enfermos sin que ellos lo soliciten, ya sea por decisión del médico, de la familia o de ambos. También hay posturas que refieren que el derecho moral del paciente al respeto de su integridad y autonomía no es absoluto, y cuando ese derecho entra en conflicto con el de la integridad de otras personas surgen varias limitaciones. Una de ellas es el derecho del médico, pues el paciente no puede transgredir la integridad del médico como persona cuando se opone a la eutanasia por razones morales.

Bibliografía:

Dubón-Peniche, M. D. C., & Bustamante-Leija, L. E. (2020). Between illness and death: «Euthanasia». Entre la enfermedad y la muerte: «Eutanasia». Cirugia y cirujanos, 88(4), 519–525. https://doi.org/10.24875/CIRU.18000626

Organización Mundial de la Salud. Technical paper:ethics of medicine and health. (Consultado el 28 de junio de 2018.) Disponible en: http://applications.emro.who.int/docs/em_rc42_7_en.pdf. 

Asociación Médica Mundial. Declaración sobre la eutanasia. Resolución adoptada por la 39 Asamblea Médica Mundial, Madrid, España, reafirmada por la 200.ªSesión del Consejo de la AMM, Oslo, Noruega 2015. (Consultado el 28 de junio de 2018.) Disponible en: https://www.wma.net/es/policies-post/resolucion-de-la-amm-sobre-la-eutanasia

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